Profiles
- DIPLOMA SUPERIOR EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y DERECHOS FUNDAMENTALES, UNIVERSIDAD DE CUENCA, ECUADOR, 2007
- MAGISTER EN DERECHO MENCION DERECHO CONSTITUCIONAL, UNIVERSIDAD ANDINA SIMON BOLIVAR, ECUADOR, 2009
- DOCTOR EN DERECHO (PH.D), UNIVERSIDAD ANDINA SIMON BOLIVAR, ECUADOR, 2016
- MAGISTER EN DERECHO ADMINISTRATIVO, UNIVERSIDAD TECNICA PARTICULAR DE LOJA, ECUADOR, 2011
- DOCTOR EN JURISPRUDENCIA Y ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA, UNIVERSIDAD DEL AZUAY, ECUADOR, 2006
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Configuración de los derechos y su contenido esencial en la Constitución ecuatoriana: Configuración de los derechos y su contenido esencial en la Constitución ecuatoriana. Cuestiones Constitucionales-Revista Mexicana de Derecho Constitucional., pág: 221-247 (2019)
Link: DOI: http://dx.doi.org/10.22201/iij.24484881e.2019.41.13946
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El control de constitucionalidad: la apuesta por una opción judicialista en la constitución ecuatoriana de 2008: El control de constitucionalidad: la apuesta por una opción judicialista en la constitución ecuatoriana de 2008. Revista IURIS, pág: 119-135 (2019)
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Relfexiones acerca de la leigitmidad democrática de la justicia constitucional en Ecuador: Relfexiones acerca de la leigitmidad democrática de la justicia constitucional en Ecuador (2018)
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El principio de proporcionalidad como canon de constitucionalidad: una aproximación al caso ecuatoriano: El principio de proporcionalidad como canon de constitucionalidad: una aproximación al caso ecuatoriano. Estudios de Deusto, pág: 185-217 (2017)
Link: doi: http://dx.doi.org/10.18543/ed-65(1)-2017pp185-217
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Motivación y elección de jueces en la Corte Constitucional ecuatoriana como fuente de legitimidad democrática: Motivación y elección de jueces en la Corte Constitucional ecuatoriana como fuente de legitimidad democrática. Revista Cálamo-Universidad de las Américas, pág: 20 (2017)
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Ponderación versus subsunción jurídica: ¿la crisis de la certeza del Derecho?: Ponderación versus subsunción jurídica: ¿la crisis de la certeza del Derecho?. Revista de Derecho FORO, pág: 53-68 (2015)